Sobre las elecciones sindicales

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Las elecciones sindicales son el proceso por el que los trabajadores de una empresa eligen democráticamente a sus representantes.

El Estatuto de los Trabajadores describe y regula el funcionamiento de las elecciones sindicales: los comicios en los que los empleados deciden quiénes serán los delegados de personal o los integrantes de un comité de empresa, que velarán por sus derechos laborales.

Según el número de empleados, se elegirá un determinado número de delegados de personal (representantes de los trabajadores indivuduales, no necesariamente vinculados a un sindicato) o miembros de un comité de empresa (trabajadores afiliados a un sindicato, que se presentan a las elecciones sindicales como parte de una lista de candidatos, y que confrmarán el comité en un número proporcional a la cantidad de votos obtenida por el sindicato en los comicios).

Según dicho Estatuto (Real Decreto Legislativo 1/1995):

Los delegados de personal y los miembros del comité de empresa se elegirán por todos los trabajadores mediante sufragio personal, directo, libre y secreto, que podrá emitirse por correo (artículo 69.1).

FUNCIONES DE LOS REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES

Las funciones de los representantes de los trabajadores quedan explicitadas en el artículo 64 del Estatuto de los Trabajadores. Su empeño debe ir destinado a hacer fluir la comunicación entre empleados y representantes de la empresa.

Los verbos que resumen las labores de los representantes sindicales son:

escuchar: los delegados o miembros de un comité de empresa tienen derecho a conocer el estado de la empresa en el mismo grado que los socios.
informar: deben transmitir dicha información a los trabajadores
vigilar: son los encargados de velar por el cumplimiento de las normas laborales y las condiciones (de seguridad, de higiene…) en los centros de trabajo.
colaborar: ayudar a la  empresa a mejorar la productividad.
representar : ser los portavoces de los trabajadores en caso de negociación.

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