¿QUÉ NOVEDADES APORTA LA REFORMA FISCAL QUE ENTRA A PARTIR DEL 1 DE ENERO?

reforma-fiscal-2En la nómina de enero los trabajadores y las familias ya notarán la reforma fiscal y es que el IRPF bajará para todos los contribuyentes, pero especialmente para las rentas medias y bajas, y para las familias con discapacitados a su cargo.

La novedad más destacada de esta reforma es la rebaja de tipos y tramos en el IRPF que permitirá que, ya en el primer mes del año, el sueldo neto de todos los trabajadores se incremente por la reducción de las retenciones que se aplican sobre las nóminas.

A continuación respondemos a algunas preguntas clave de la reforma:

  • ¿Cómo afecta a los salarios?

Actualmente, el tributo que grava las rentas del trabajo (IRPF) cuenta con siete tramos y con tipos que van del 24,75% al 52%. Con la reforma fiscal, los tramos se reducirán a cinco. El tipo mínimo bajará hasta el 20% y el máximo quedará en el 47% el próximo año. En 2016, cuando entrará en vigor la segunda fase de la reforma, el mínimo se situará en el 19% y el máximo en el 45%.

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Con estas novedades en el IRPF de 2015 solo los contribuyentes con rentas inferiores a 22.000 euros pagarán menos que en 2011. Sin embargo, en 2016, cuando entra en vigor la segunda fase de la reforma todos los asalariados gozarán de un IRPF menor que el vigente en 2011.

  • ¿Cómo afecta a las familias?

Actualmente la diferencia entre el IRPF que paga en España un contribuyente sin descendencia respecto a otro con igual salario con hijos es inferior a la mayoría de países de la Unión Europea. La reforma fiscal pretende modificar esta situación e incrementa los mínimos personales y familiares, es decir, la parte de renta exenta de tributar por considerarse que sirve para cubrir las necesidades básicas de los contribuyentes.

Además, la nueva reforma aplicará una deducción en la cuota del IRPF:

    • Hasta 1.200€/anuales, por cada descendiente (hijos o nietos) con discapacidad reconocida.
    • Hasta 1.200€/anuales, por cada ascendiente (padres o abuelos) con discapacidad reconocida.
    • Hasta 1.200€/anuales por ser un ascendiente o, en su defecto, un hermano huérfano de padre y madre, que forme parte de una familia numerosa.
    • En el caso de familias numerosas de categoría especial (con 5 o más hijos, o menos en caso de tener hijos con discapacidad), esta deducción será de hasta 2.400€/anuales.

Cada una de las deducciones es autónoma y acumulable entre sí por lo que estas deducciones son también compatibles con la vigente deducción por maternidad que perciben actualmente las madres trabajadoras con hijos de 0 a 3 años.

  • ¿Qué beneficios fiscales tendré ahora por una vivienda?

La reforma fiscal aprobada suprime los coeficientes de actualización que se aplicaban hasta ahora todos los contribuyentes que obtuvieran una ganancia patrimonial por la venta de inmuebles.

Por ejemplo, si un contribuyente compró una vivienda por 100.000 euros en el año 2000 y la vende por 150.000 euros en 2014 con la ley vigente, el precio de adquisición (100.000 euros) se multiplica por 1,2072 y da como resultado 120.720 euros. Sin embargo, a partir de 2015, el beneficio a efectos fiscales de la venta de un piso que se compró por 100.000 euros y se vende por 150.000 será 50.000 euros.

  • ¿Y por el alquiler?

La reforma fiscal introduce cambios en los beneficios fiscales tanto para caseros como para inquilinos. Desaparece la deducción por arrendamiento de vivienda habitual, que pueden aplicarse en la actualidad los contribuyentes con rentas inferiores a 24.107 euros.

La medida no tendrá efectos retroactivos de manera que los inquilinos que hoy se benefician de la deducción podrán mantenerla hasta que finalice su contrato de alquiler. Con esta novedad, los contratos que se renueven en enero no podrán deducirse mientras los renovados antes de que finalice 2014, sí.

Desde FASGA creemos que la mejora del poder adquisitivo de los salarios es imprescindible para reactivar la economía y superar la crisis. Además, consideramos que el camino de la recuperación no puede apoyarse en empleos precarios y salarios indignos, sino en empleos de calidad y mayor poder adquisitivo que, por otra parte, supongan para los trabajadores la recompensa por los esfuerzos realizados los últimos años.

 

 

 

 

 

 

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